Avance Normativo

Avance Normativo 14 de Mayo 2021

Escrito por ABC Repecev | May 14, 2021 2:19:41 PM

 

MICIT

- Decreto 454 del 3 de mayo de 2021. Modificó parcialmente el Arancel de Aduanas para establecer un gravamen arancelario del cinco por ciento (5%) a las importaciones de Poli(tereftalato de etileno) - PET clasificado en la subpartida arancelaria 3907.61.90.00 del Arancel de Aduanas Nacional. Mas Información: https://abcrepecev.com/wp-content/uploads/2021/05/decreto-454-del-3-de-mayo-de-2021.pdf

DIAN

- Comunicado del 7 de mayo de 2021. Los Usuarios Aptos que sean sustituidos por los Usuarios Aduaneros con Trámite Simplificado deberán modificar las garantías globales. A más tardar el 8 de junio del 2021, los Usuarios Aptos que tengan aprobada garantía global deberán modificarla en lo relacionado con la calidad del sujeto (Usuarios Aduaneros con Trámite Simplificado), el fundamento legal (Artículo 147 del Decreto 360 del 2021) y la vigencia; de no hacerlo, la autorización quedará sin efecto a partir del 9 de junio del 2021. Si a la fecha, la sociedad no ha hecho uso de los beneficios como usuario apto, la vigencia de la póliza actual podrá ser modificada iniciando desde el 8 de mayo del 2021 y mínimo hasta el 8 de mayo del 2023. Si el usuario apto ya ha hecho uso de los beneficios y tiene el código 89 en la casilla 89 del RUT, no podrá modificar la vigencia de la póliza. Mas Información: https://abcrepecev.com/wp-content/uploads/2021/05/sustitucion-usuarios-aptos-modificacion-garantias-globales.pdf

- Resolución 39 del 7 de mayo de 2021. Modificó la Resolución 46 del 2019 reglamentaria del Decreto 1165 del 2019 modificado por el Decreto 360 del 2021, con el fin de ajustar y precisar procedimientos, agilizar las operaciones aduaneras e implementar algunas operaciones logísticas para fomentar la competitividad del comercio exterior. En general, la norma busca facilitar las operaciones de comercio exterior; simplificar, armonizar, aclarar o corregir algunos requisitos y remisiones normativas; aclarar algunas competencias de las Direcciones Seccionales de Aduanas o de Impuestos y Aduanas en materia de abandonos y del inicio de investigación por parte del área de Fiscalización; optimizar las condiciones logísticas para el comercio exterior; reglamentar la figura del usuario aduanero con trámite simplificado; establecer un mecanismo para facilitar la nacionalización parcial de mercancías contenidas en un mismo bulto y relacionadas en un mismo documento de transporte; establecer acciones para el desarrollo económico de la Zona de Régimen Aduanero Especial de Maicao, Uribia y Manaure; armonizar las disposiciones relativas a los tratamientos especiales para los Operadores Económicos Autorizados, entre otros temas. La norma consta de 220 artículos, dos anexos y entró en vigencia el 8 de mayo del 2021. Mas Información: https://www.dian.gov.co/normatividad/Normatividad/Resoluci%C3%B3n%20000039%20de%2010-05-2021.pdf

- Resolución 40 del 10 de mayo de 2021. Ordenó la suspensión, desde el 10 de mayo hasta el próximo 18 de mayo, de los términos de entrega al depósito o a la zona franca señalados en el inciso segundo del artículo 169 del Decreto 1165 del 2019, así como los términos para solicitar y ejecutar el régimen de tránsito aduanero contenidos en el artículo 438 del Decreto 1165 del 2019 y en los artículos 469, 470, 492, 496, 501, 509 de la Resolución 46 del 2019. En la modalidad de cabotaje solamente se entenderán suspendidos los términos respecto de operaciones que correspondan a las jurisdicciones de las direcciones seccionales de aduanas de Cali y Medellín. Igualmente suspendió términos de notificación de las delegaciones de actos administrativos en materia tributaria; aduanera; cambiaria y administrativa, con intervención de correo físico, que se reciben de la Coordinación de Notificaciones o en las direcciones seccionales del país, incluyendo las delegaciones de actos administrativos identificados mediante el código 5067. En materia aduanera, de competencia de la Dirección Seccional de Aduanas de Cali suspendió el término para la expedición de actos administrativos de trámite, el término para la expedición de actos de fondo, entre otros temas. Mas Información: https://abcrepecev.com/wp-content/uploads/2021/05/resolucion-40-de-10-05-2021.pdf

- Circular Externa 4 del 7 de mayo de 2021. Informó que partir del 8 de mayo del 2021, se implementará la notificación electrónica de los actos administrativos. La determinación, da cumplimiento a lo establecido en el artículo 10 de la Resolución 38 del 2020, con la cual se adoptó la notificación por medios electrónicos en la entidad y a lo establecido en el artículo 759 del Decreto 1165 del 2019, modificado por el artículo 137 del Decreto 360 del 2021. Mas Información: https://abcrepecev.com/wp-content/uploads/2021/05/circular-4-de-07-05-2021.pdf

- Cuadro de clasificaciones arancelarias del 30 de abril de 2021. La Coordinación de Notificaciones de la Subdirección de Gestión de Recursos Físicos de la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN) publicó en el Diario Oficial 51.661 del 30 de abril del 2021, un cuadro que enumera las resoluciones proferidas por la Coordinación del Servicio de Arancel de la Subdirección de Gestión Técnica Aduanera, por medio de las cuales se expidieron unas Clasificaciones Arancelarias, que ya se encuentran en firme. Mas Información: https://abcrepecev.com/wp-content/uploads/2021/05/cuadro-notificacion-arancelaria-mayo-2021.pdf

INVIMA

- Comunicado del 6 de mayo de 2021. Informó que, en el marco de la celebración de los 10 años de la Alianza del Pacífico, los Ministros de Comercio de los países miembro, firmaron la Decisión número 11, por la cual se armonizan requisitos técnicos y sanitarios, y se eliminan aquellos considerados innecesarios para el comercio de los productos de aseo. Con la firma de esta Decisión no será requisito la presentación del Certificado de Venta Libre para los procesos de autorización de comercialización; se armonizan los requisitos de etiquetado, estableciendo un plazo de 3 años para dejar de exigir el número de registro o código de Notificación Sanitaria en las etiquetas; se aceptan los resultados de ensayos y pruebas en origen que se realicen con metodologías reconocidas internacionalmente y se permitirá que las empresas presenten pruebas o ensayos que demuestren que el producto final no es corrosivo y, por lo tanto, no se exigirán requisitos adicionales de etiquetado o envases especiales. Mas Información: https://abcrepecev.com/wp-content/uploads/2021/05/alianza-del-pacifico-firma-decision-11.pdf

Nota: Las normas y noticias relacionadas aquí son un valor agregado a nuestros servicios, que pretende brindar orientación e información a nuestros clientes, pero no es un medio oficial de divulgación de normas legales. ABC REPECEV. S.A.S. recomienda que, si se desea utilizar como sustento de una actuación judicial o administrativa alguna de estas normas, es importante que consulte primero las publicaciones en su fuente oficial para verificar la vigencia y exactitud.