- Proyecto de Decreto del 3 de febrero de 2022. “Por el cual se prorroga el término de vigencia de las medidas adoptadas en el Decreto 1371 de 2020 y se dictan otras disposiciones”. Esta medida prorrogaría hasta el 31 de diciembre de 2023, la vigencia de las disposiciones transitorias establecidas en el Decreto 1371 de 2020 para el acceso y cumplimiento de compromisos de exportación en los programas de Sistemas Especiales de Importación - Exportación de materias primas e insumos, bienes de capital y repuestos y exportación de servicios establecidos en el Decreto Ley 444 de 1967 y en el artículo 4 de la Ley 7 de 1991, para contribuir a la reactivación económica del país, ante los efectos causados por el Coronavirus COVID-19. Se publica para recibir comentarios de la ciudadanía y los grupos de valor, los cuales podrán remitirse al correo electrónico orojas@mincit.gov.co, desde el 4 y hasta el 18 de febrero de 2022, de acuerdo con lo establecido en el inciso segundo del artículo 2.1.2.1.14 del Decreto 1081 de 2015. Ver Norma Completa.
- Circular 1 del 3 de febrero de 2022. Precisó algunos aspectos relacionados con la emisión y recepción de los certificados de origen en forma digital - COD. El certificado de origen digital será emitido por la Dirección Seccional de Aduanas o Dirección Seccional de Impuestos y Aduanas de Barranquilla, Bogotá, Buenaventura, Bucaramanga, Cali, Cartagena, Cúcuta, Ipiales, Manizales, Medellín, Pereira y Santa Marta. Las mercancías de exportación con destino a México en el marco del Acuerdo de Complementación Económica ACE-033 - (G2) serán emitidos únicamente por la Dirección Seccional de Aduanas de Bogotá. Ver Norma Completa
- Resolución 51 del 14 de febrero de 2022. El camarón importado y de cultivo podrá ingresar por los puertos y fronteras de las zonas de influencia de la veda (Departamentos del Valle del Cauca, Cauca, Chocó y Nariño) siempre y cuando cuente con los permisos de las autoridades competentes y los documentos que así lo demuestren y podrá circular por dichos territorios solo para continuar su recorrido hasta otros destinos diferentes a los que cubre la veda. Entre otras obligaciones, el comercializador mayorista o importador deberá informar a la Aunap a quienes les va a vender el producto, informar el inventario, y si hay que descargar parcialmente el camarón en varios lugares del país de los autorizados, el levantamiento del sello y el precinto de seguridad solo podrá hacerse en presencia del funcionario de la Aunap. Ver Norma Completa.
- Comunicado del 27 de enero de 2022. Presenta a los importadores y fabricantes de dispositivos médicos y reactivos de diagnóstico in vitro, la nueva guía para radicar las solicitudes de visitas de certificación o recertificación. De este modo, los establecimientos y/o personas naturales que desean importar, fabricar o ampliar la línea de fabricación de dispositivos médicos y reactivos de diagnóstico in vitro, deben radicar la solicitud en mención como se presenta en la siguiente guía, que se puede descargar en el siguiente enlace. Es importante recordar que, la normatividad sanitaria vigente establece los requisitos que deben cumplir los fabricantes e importadores de dispositivos médicos, con el fin de asegurar que estos productos reúnan condiciones de calidad y seguridad al cual también puede consultar en la página de la entidad. Ver Norma Completa
- Comunicado del 8 de febrero de 2022. Informa que la entidad está presentando fallas técnicas en su servidor web, por lo que se han visto afectados algunos servicios prestados por el instituto. La entidad se encuentra trabajando en el proceso de restauración de los diferentes servicios y aplicativos dando prioridad a la pagina web, oficina virtual y servicios; el INVIMA informará por diferentes canales institucionales cuando se normalice el servicio. Plan de contingencia establecido por el Invima para que aquellos tramites que tienen radicado y pagado los tramites. Ver Norma Completa.
- Comunicado del 1 de febrero de 2022. Informó que se encuentra adelantado control del riesgo a las embarcaciones con carga internacional que ingresan al país por el puerto marítimo de Buenaventura, Valle del Cauca, a través de inspecciones sanitarias y fitosanitarias con el fin de evitar el ingreso de plagas y enfermedades de control oficial, tarea que cumple las 24 horas del día. Ver Norma Completa.
- Comunicado del 4 de febrero de 2022. Con el fin de seguir ajustando los procesos y servicios, manteniendo los más altos estándares de bioseguridad, sumado a la inflación, incrementos salariales, costos de combustible y energía, entre otros factores macroeconómicos, a partir del 1º de marzo de 2022, serán modificadas las tarifas de Cargue / Descargue a / de Camión, Inspecciones, Llenados / Vaciados y Servicios Adicionales a la Carga. Estas modificaciones se acogen a lo dispuesto por la normativa vigente en materia de vigilancia y control por la Superintendencia de Puertos y Transporte. Ver Norma Completa.
Nota: Las normas y noticias relacionadas aquí son un valor agregado a nuestros servicios, que pretende brindar orientación e información a nuestros clientes, pero no es un medio oficial de divulgación de normas legales. ABC REPECEV. S.A.S. recomienda que, si se desea utilizar como sustento de una actuación judicial o administrativa alguna de estas normas, es importante que consulte primero las publicaciones en su fuente oficial para verificar la vigencia y exactitud.