La Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN) suspende el término de duración de la ejecución de las operaciones de Tránsito Aduanero Nacional, Tránsito Internacional y Transporte Multimodal que hayan sido autorizadas en la división de control carga de la Dirección Seccional de Impuestos y Aduanas de Santa Marta, a partir del 5 de septiembre hasta el 16 de septiembre de 2024 desde las 00:00 hasta las 23:59 horas. Descargar Norma Completa
La Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN) suspende los términos de entrega a deposito o a la Zona Franca, el término de duración de la ejecución de las operaciones de Tránsito Aduanero Nacional, Tránsito Internacional y Transporte Multimodal que hayan sido autorizadas en la división de control carga de la Dirección Seccional de Impuestos y Aduanas de Bogotá, a partir del 5 de septiembre hasta el 16 de septiembre de 2024 desde las 00:00 hasta las 23:59 horas. Descargar Norma Completa
La Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN) aclara a los usuarios aduaneros y funcionarios DIAN aspectos relacionados con el Reglamento Técnico de Iluminación y Alumbrado Público- RETILAP. Como parte de la interpretación del numeral 1) Para productos del artículo 3. Disposiciones Transitorias de la Resolución 40150 de 2024, los productos que bajo la Resolución 180540 de 2010 (sus adiciones y modificaciones) se encontraban excluidos del RETILAP y que, a partir de la emisión de la Resolución 40150 del 3 de mayo de 2024, ahora ingresan al campo de aplicación del reglamento, se consideran incluidos por primera vez en el reglamento. Por lo tanto, para estos productos empieza a regir el cumplimiento del RETILAP seis (6) meses después de la entrada en vigencia de la Resolución 40150 de 2024. Descargar Norma Completa
La Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN) conceptuó que si con posterioridad a la adopción de la medida cautelar de aprehensión y decomiso señalada en el numeral 7 del artículo 69 del Decreto ley 920 de 2023, se expide la licencia previa y esta es presentada con la declaración de legalización, se entiende que la restricción legal o administrativa ha sido superada. Descargar Norma Completa
La Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN) conceptuó que el GIT de Zonas Francas que opera en la División de Operación Aduanera de las Direcciones Seccionales de Aduanas, tiene dentro de las funciones asignadas en el numeral 2.17.4 del artículo 2 de la Resolución 69 de 2021 la aprehensión de mercancía en zona franca. Cuando la Dirección Seccional no cuenta con este grupo interno de trabajo, la función de aprehender la asumirá la División de Operación Aduanera. Descargar Norma Completa
La Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN) conceptuó que la revisión oficiosa de la cuantía en decomisos directos solo procede durante el recurso de reconsideración, ya que el acta de decomiso es un acto administrativo de fondo. Si no se impugna, el acto cobra firmeza y no puede ser modificado. Esta revisión debe realizarse durante el periodo probatorio y con el consentimiento del titular. Descargar Norma Completa
La Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN) conceptuó que la destrucción de mercancía por desnaturalización no es válida para finalizar la modalidad de importación temporal para perfeccionamiento activo de bienes de capital y procesamiento industrial. Por lo tanto, no extingue la obligación de pago de los tributos aduaneros según el artículo 19 del Decreto 1165 de 2019. La destrucción como forma para finalizar una modalidad por desnaturalización de las mercancías solo está prevista para las modalidades de importación temporal: (i) para reexportación en el mismo estado y (ii) de medios de transporte de turista. Descargar Norma Completa
La Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN) conceptuó que la infracción administrativa aduanera se configura bajo el principio de tipicidad del Decreto Ley 920 de 2023 cuando el hecho está claramente descrito en la norma, la sanción está definida y hay una correlación entre la conducta y la sanción. El infractor puede eximirse de responsabilidad si prueba una causal contemplada en el artículo 28 del mismo decreto. Descargar Norma Completa
La Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN) conceptuó que si la información solicitada por la autoridad aduanera para determinar el valor en aduana no se entrega o es incorrecta por medio de requerimiento de información, se incurre en una infracción según el numeral 1.4 artículo 52 del Decreto Ley 920 de 2023. Si no hay una infracción específica para el caso, se aplica la general señalada en el artículo 4 del mismo decreto, aplicando el principio de especialidad. No se puede aplicar el criterio de gradualidad de imponer la sanción más grave previsto en el numeral 1 del artículo 22 del Decreto ley 920 de 2023. Descargar Norma Completa
La Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN) conceptuó que solo los productos cosméticos utilizados para limpiar las diversas partes superficiales del cuerpo humano y prevenir o corregir los olores corporales, que se introduzcan y comercialicen a los departamentos de Guainía, Guaviare, Vaupés y Vichada, siempre y cuando se destinen exclusivamente al consumo dentro del mismo departamento, están excluidos de IVA de acuerdo con el numeral 13 del artículo 424 del Estatuto Tributario. Descargar Norma Completa
El Ministerio de Comercio, Industria y Turismo (MinCIT) modificó parcialmente el Arancel de Aduanas para la importación de trigo al establecer un arancel del 0% a los productos clasificados por las subpartidas arancelarias 1001.11.00.00, 1001.19.00.00, 1001.91.00.00, 1001.99.10.10, 1001.99.10.90 y 1001.99.20.00 y suspender la aplicación del Sistema Andino de Franja de Precios para las subpartidas mencionadas. Estas modificaciones regirán por dos años contados a partir de la entrada en vigencia de la presente norma; vencido el término, se restablecerá el arancel contemplado en el Decreto 1881 del 2021. Descargar Norma Completa
El Ministerio de Comercio, Industria y Turismo (MinCIT) derogó la Resolución 942 del 2018, por la cual se expide el Reglamento Técnico para Ollas de Presión de uso doméstico que se importen o produzcan nacionalmente para su comercialización en Colombia, considerando los resultados obtenidos de la evaluación expost los cuales indicaron que actualmente en el mercado colombiano, los fabricantes e importadores de este bien, manejan altos estándares de calidad que van más allá de los que se ha reglamentado por parte del Gobierno nacional y en los últimos tres años y más, no hay evidencia alguna que muestre que las ollas a presión usadas por los colombianos representan riesgos a la salud, vidas humanas, o induzcan a error al consumidor. Descargar Norma Completa
El Ministerio de Comercio, Industria y Turismo (MinCIT) expidió el nuevo reglamento técnico aplicable al alambre de acero liso, grafilado y mallas electrosoldadas, para refuerzo de concreto, clasificado en las subpartidas arancelarias 7215.50.10.00 y 7314.20.00.00, que se fabriquen, importen o comercialicen en Colombia, con el objeto de establecer medidas tendientes a proteger la vida e integridad de las personas mediante la exigencia de requisitos técnicos de desempeño y seguridad que deben cumplir el alambre de acero liso, grafilado y mallas electrosoldadas, así como prevenir prácticas que puedan inducir a errores a los consumidores. Esta resolución entrará en vigor seis (6) meses después de su publicación en el Diario Oficial y deroga la Resolución 277 del 2015. Descargar Norma Completa
El Ministerio de Comercio, Industria y Turismo (MinCIT) no revocó la Resolución 157 del 2024, que decidió imponer derechos antidumping provisionales consistentes en un gravamen Ad Valorem del 33,41% a las importaciones de sulfato de manganeso, clasificado por la subpartida arancelaria 2833.29.90.00, originarias de la República Popular China y, la Resolución 175 del 2024, mediante la cual se corrigió un error formal en la Resolución 157. Para el MinCIT, no cabe duda de que las actuaciones administrativas para determinar la existencia de una práctica de dumping y adoptar las medidas para contrarrestarla responden al interés público; el derecho antidumping establecido, además de corresponder a la finalidad de interés público inherente a este tipo de actuaciones, es coherente con la naturaleza cautelar de la determinación preliminar. Descargar Norma Completa
El Ministerio de Comercio, Industria y Turismo (MinCIT) prorrogó hasta el 10 de septiembre del 2024 el término con que cuentan las partes interesadas para contestar los cuestionarios acompañados de los documentos y pruebas soportes, así como aportar una relación de las pruebas dentro de la investigación iniciada mediante la Resolución 205 del 2024 para determinar un supuesto “dumping” en las importaciones de papel de fotocopia, clasificado bajo la subpartida arancelaria 4802.56.90.00, originarias de Brasil. Descargar Norma Completa
La Comisión de la Comunidad Andina creó y estableció las disposiciones para la implementación y operación de la Infraestructura digital estandarizada y unificada Interoperabilidad Comunitaria Andina – INTERCOM, que garantiza la integración y transmisión segura de datos entre plataformas y sistemas informáticos de los Países Miembros, ya que existe la necesidad de un marco normativo que permita identificar elementos de interoperabilidad asegurando el intercambio o la visualización compartida según aplique, de documentos digitales entre las entidades acreditadas por los Países Miembros y el reconocimiento de estos, así como procedimientos para notificar las contingencias que se presenten con el País Miembro o Países Miembros. Descargar Norma Completa
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