EL ABC DEL COMERCIO EXTERIOR
Edición 2025-20 del 5 de junio de 2025
DIAN
- Concepto 811 del 30 de mayo de 2025.
La Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN) precisó que, con la venta o salida al resto del mundo de mercancías extranjeras sujetas a los umbrales del artículo 3 del Decreto 2218 de 2017 y a los requisitos del artículo 4 del mismo decreto, no se estaría infringiendo la restricción del artículo 9 del Decreto 2218 de 2017 toda vez que de acuerdo con el artículo 478 del Decreto 1165 de 2019, dicha operación es considerada una exportación y no un reembarque. Descargar Norma Completa.
- Cartilla Factura comercial mercancías importadas del 8 de abril de 2025.
La Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN) publico la Cartilla para Factura comercial en la determinación del valor en aduana de las mercancías importadas, con el objetivo de dar a conocer a los usuarios aduaneros y servidores públicos la importancia de la factura comercial en la determinación del valor en aduana de las mercancías importadas y como documento soporte de la declaración aduanera de importación. Descargar Norma Completa.
- Resolución 217 del 3 de junio de 2025.
La Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN) expidió la resolución por la cual se precisan los requisitos, el procedimiento y las condiciones para la cancelación de oficio del registro único tributario - RUT. La medida indica que se cancela automáticamente si se cumplen todas las siguientes condiciones durante cinco años: No se han actualizado los datos del RUT, No se han presentado las declaraciones de impuestos, No hay registros de pagos de impuestos, No hay información reportada por terceros (como bancos o proveedores), No se han emitido ni recibido facturas electrónicas, No se han solicitado autorizaciones de numeración de facturas, No hay deudas tributarias pendientes y No hay procesos administrativos, judiciales o penales en curso. Descargar Norma Completa.
MCIT
- Decreto 566 del 28 de mayo de 2025.
El Ministerio de Comercio, Industria y Turismo (MinCIT) reglamentó el Certificado de Reembolso Tributario (CERT) mediante el cual operará la devolución de una porción o la totalidad de los impuestos indirectos pagados por el exportador con ocasión de la producción de bienes o servicios, legal y efectivamente exportados. El objetivo del CERT es diversificar e impulsar las exportaciones de bienes industriales con valor agregado, servicios basados en el conocimiento y podrá ser utilizado para el pago de impuestos sobre la renta y complementarios, gravámenes arancelarios, impuestos sobre las ventas (IVA) y retención en la fuente. Descargar Norma Completa.
- Proyecto de Resolución del 3 de junio de 2025.
El Ministerio de Comercio, Industria y Turismo (MinCIT) publica un proyecto de Resolución Por la cual se establece el procedimiento aplicable al reconocimiento del Certificado de Reembolso Tributario CERT para las exportaciones de bienes y servicios que trata el Decreto 0566 del 28 de mayo de 2025. La medida derogaría las Resoluciones 0267 del 6 de agosto de 2008 y 478 del 25 de agosto de 2011. Descargar Norma Completa.
TLC COLOMBIA - MÉXICO
- Decisión 123 del 27 de mayo de 2025.
La Comisión Administradora del Tratado de Libre Comercio entre los Estados Unidos Mexicanos y la República de Colombia otorgó por el período del 27 de mayo del 2025 al 26 de mayo del 2026, una prórroga de la dispensa temporal para la utilización de materiales producidos u obtenidos fuera de la zona de libre comercio para que determinados bienes textiles y del vestido reciban el trato arancelario preferencial siempre que cumplan con los demás requisitos establecidos en la regla de origen correspondiente, así como con las demás condiciones aplicables para el trato arancelario preferencial de conformidad con el Tratado. Descargar Norma Completa.
CORTE CONSTITUCIONAL
- Sentencia C-099 del 20 de marzo de 2025.
La Sala Plena de la Corte Constitucional declaró inexequible la expresión “para consumo propio” del inciso segundo del artículo 51 de la Ley 2277 del 2022. Esto implica que el hecho generador de importación abarca (i) la importación para consumo propio de plásticos de un solo uso para envasar, empacar o embalar bienes, así como (ii) la importación de productos plásticos de un solo uso que ingresen al país en la forma de envases, embalajes o empaques de otros bienes. Descargar Norma Completa.
Nota: Las normas y noticias relacionadas aquí son un valor agregado a nuestros servicios, que pretende brindar orientación e información a nuestros clientes, pero no es un medio oficial de divulgación de normas legales. ABC REPECEV. S.A.S. recomienda que, si se desea utilizar como sustento de una actuación judicial o administrativa alguna de estas normas, es importante que consulte primero las publicaciones en su fuente oficial para verificar la vigencia y exactitud.