Avance Normativo

EL ABC DEL COMERCIO EXTERIOR

Avance Normativo 12 de Mayo de 2023


 

DIAN

- Cuadro de clasificaciones arancelarias del 27 de abril de 2023.

La Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN) publicó en el Diario Oficial 52.378 del 27 de abril del 2023, un cuadro con las resoluciones de clasificación arancelaria proferidas por la coordinación de clasificación arancelaria de la subdirección técnica aduanera, que se encuentran en firme. En el cuadro se puede consultar el número de resolución, la fecha, la razón social de la empresa solicitante, el Nit, el nombre del producto a clasificar, su descripción y la subpartida en la cual considera la DIAN que debe clasificarse el producto. Descargar Norma Completa

 

MINCIT

 

- Decreto 609 del 26 de abril de 2023.

El Ministerio de Comercio, Industria y Comercio (MinCIT) modificó el Decreto 1860 del 2012, mediante el cual se dio aplicación provisional al Acuerdo de Alcance Parcial de Naturaleza Comercial entre Colombia y Venezuela con el fin de dar cumplimiento a los compromisos arancelarios adquiridos entre los 2 países en virtud del Acuerdo de Alcance Parcial de Naturaleza Comercial (AAP 28) para incluir y excluir productos y modificar los niveles de preferencias arancelarias como consecuencia de la Decisión 001-Primer Protocolo Adicional, suscrita el 16 de febrero del 2023. La vigencia del Decreto iniciará una vez transcurridos 15 días comunes contados a partir del día siguiente a su publicación en el Diario Oficial. Descargar Norma Completa

 

- Resolución 479 del 27 de abril de 2023.

El Ministerio de Comercio, Industria y Turismo (MinCIT) modificó la Resolución 480 del 2020 mediante la cual implementó el Registro de Productores y Comercializadores de Aparatos Eléctricos y Electrónicos (RPCAEE), para adicionar un parágrafo al artículo 6 que obliga a los productores y comercializadores a suministrar información relacionada con importaciones y exportaciones, que para el año 2020 y 2021 deberán tener en cuenta la VI Enmienda al Sistema Armonizado y para el 2022 en adelante el Decreto 1881 del 2021, modificar el artículo 7 relativo al registro inicial que se deberá adelantar a través de la Anexo 1. Descargar Norma Completa

 

- Resolución 83 del 4 de mayo de 2023.

La Dirección de Comercio Exterior del Ministerio de Comercio, Industria y Turismo (MinCIT) negó la solicitud de nulidad y en subsidio, de revocatoria directa contra la investigación administrativa abierta mediante la Resolución 11 del 2023 mediante la cual ordenó el inicio del examen de extinción con el objeto de determinar si la supresión de los derechos antidumping impuestos a las importaciones de tambores metálicos cilíndricos de capacidad igual a 208 litros, clasificados en las subpartida arancelaria 7310.10.00.00 originarios de la República de Chile, permitirían la continuación o la repetición del dumping y del daño que se pretendía corregir con las medidas adoptadas. A juicio del MinCIT, la Autoridad Investigadora actúo en ejercicio de su competencia, la Resolución 11 no se opone a la Constitución Política o a la Ley, ni genera un agravio injustificado porque el solicitante impugna un acto administrativo que no concluye la investigación o impide su conclusión y el peticionario no probó la configuración las causales de revocación. Descargar Norma Completa

 

COMUNIDAD ANDINA DE NACIONES

 

- Decisión 909 del 3 de mayo de 2023.

La Comisión de la Comunidad Andina sustituyó la Decisión 617 sobre Tránsito Aduanero Comunitario para actualizar la actual normativa comunitaria sobre la materia y consolidar la libre circulación de mercancías entre los Países Miembros mediante la intercomunicación permanente de las aduanas y la circulación desde el origen al destino sin transbordos obligatorios y despachos innecesarios en fronteras, puertos y aeropuertos; para la CAN, en la Subregión la articulación de los diferentes modos de transporte ha contribuido al desarrollo del Transporte Intermodal, así como del Transporte Multimodal, los que requieren ágiles procedimientos aduaneros de tránsito que faciliten el uso de documentos unificados y sistemas de intercambio de información, complementados con el establecimiento de controles posteriores; la Decisión incluye nuevas definiciones y mecanismos de carácter comunitario, para que el Régimen de Tránsito Aduanero Comunitario sea aplicado de manera uniforme en todos los Países Miembros. Descargar Norma Completa

 

- Decisión 912 del 3 de mayo de 2023.

La Comisión de la Comunidad Andina decidió extender hasta el 31 de mayo del 2026 el plazo para que Bolivia presente los proyectos de Decisión de los sectores que podrán ser objeto de trato preferencial para el comercio de servicios entre Bolivia y los Países Miembros. Así mismo, extendió hasta el 31 de octubre del 2026, la suspensión de la liberalización del comercio de servicios para Bolivia, a que se refiere el párrafo 5 del artículo 8 de la Decisión 659 y hasta el 28 de febrero del 2027 la suspensión de la liberalización del sector de servicios financieros y de los porcentajes mínimos de producción nacional en servicios de televisión abierta nacional. Máximo el 31 de mayo del 2025, la Secretaría General de la Comunidad Andina deberá elaborar y presentar a la Comisión, un estudio técnico de evaluación de la liberalización del comercio de servicios, considerando los compromisos internacionales, sectores sensibles y potencialidades que podrán ser objeto de trato preferencial. Descargar Norma Completa

 

- Resolución 2329 del 4 de mayo de 2023.

La Secretaría General de la Comunidad Andina (SGCA) aprobó los formatos e instructivos de la Declaración de Tránsito Aduanero Internacional (DTAI) y del Manifiesto de Carga Internacional (MCI) de la Decisión 617 sobre Tránsito Aduanero Comunitario vigente, correspondiendo a los Países Miembros su debida aplicación. Los formatos e instructivos de la DTAI y del MCI de la Decisión 617 se detallan en los Anexos I y II de la Resolución 2329. Adicionalmente, derogó el Apéndice VIII de la Resolución 2101 que contiene el formato de MCI, el cual requería ser actualizado. La DTAI y el MCI impresos bajo los anteriores formatos, podrán ser presentados hasta los 60 días calendario siguientes a partir de la publicación de la Resolución 2329, la cual entrará en vigencia a los 15 días calendario siguientes a la fecha de su publicación en la Gaceta Oficial del Acuerdo de Cartagena. Descargar Norma Completa

 

 

JUZGADO 44 ADMINISTRATIVO ORAL DEL CIRCUITO DE BOGOTÁ

 

- Sentencia 110013337 044 2022 00049 00 del 4 de mayo de 2023.

La Sección Cuarta del Juzgado 44 Oral del Circuito de Bogotá declaró la nulidad parcial de las resoluciones mediante las cuales la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN) profirió liquidación oficial de revisión y resolvió 4 recursos de reconsideración a una empresa importadora y a la Agencia de Aduanas Interlogística S.A. Nivel 1; con este fallo, el Juzgado ordenó a la DIAN que aplique el procedimiento descrito en el artículo 610 del Decreto 1165 del 2019 y decida de fondo sobre la solicitud de allanamiento presentada por la Agencia de Aduanas que la DIAN tramitó como un recurso de reconsideración, sin considerar que la agencia nunca presentó recurso ni solicitó revocar el acto. En efecto, la DIAN asumió que al describir "motivos de inconformidad" en la solicitud de allanamiento, debía tramitar la solicitud de allanamiento como recurso de reconsideración. A juicio del Juzgado, el allanamiento no está previsto en forma que el allanado condicione su responsabilidad, sino que admite las reducciones en la lesividad de la sanción que acepta voluntariamente y por escrito, haber cometido; no es entonces cierto el argumento de la DIAN según el cual al allanarse a la imposición de una sanción por la comisión de una infracción tributaria, el contribuyente renuncia irrevocablemente al derecho de contradicción que le asiste, máxime cuando la misma norma presenta la oportunidad de controvertir la decisión que niega la solicitud. En resumen, la DIAN no podía darle un trámite distinto a la solicitud presentada por la agencia, al contenido en el artículo 610 ibidem, e interpretar a su arbitrio la finalidad del documento, cuando en este se consigna inequívocamente la voluntad de allanarse a la sanción y aporta el recibo de pago con el que materializa la decisión de aceptar la multa por la sanción impuesta en la liquidación oficial. Descargar Norma Completa

 

 

 

 

Nota: Las normas y noticias relacionadas aquí son un valor agregado a nuestros servicios, que pretende brindar orientación e información a nuestros clientes, pero no es un medio oficial de divulgación de normas legales. ABC REPECEV. S.A.S. recomienda que, si se desea utilizar como sustento de una actuación judicial o administrativa alguna de estas normas, es importante que consulte primero las publicaciones en su fuente oficial para verificar la vigencia y exactitud.

 

 

Entradas Relacionadas

Reciba notificaciones sobre nuevas Actualizaciones en normatividad Aduanera

escríbenos por Whatsapp