Avance Normativo

EL ABC DEL COMERCIO EXTERIOR

Avance Normativo 14 de Junio de 2023


 

DIAN

- Concepto 601 del 23 de mayo de 2023.

La Dirección de Impuestos y Aduanas (DIAN) precisó que las mercancías de prohibida o de restringida importación, de que trata el artículo 383 del Decreto 1165 del 2019, norma que regula el reembarque, no comprenden las mercancías de libre importación sujetas a restricciones legales o administrativas, sino las sujetas al régimen de licencia previa-licencias de importación establecido en el Decreto 925 del 2013. En efecto, en relación con mercancías que requieran licencia previa para su importación, es decir, que no son consideradas del régimen de libre importación, se debe acreditar dicho requisito so pena de darse aplicación al inciso 3º del artículo 383 del Decreto 1165 del 2019, y en consecuencia no podrán ser reembarcadas. Descargar Norma Completa

 

- Concepto 602 del 23 de mayo de 2023.

La Dirección de Impuestos y Aduanas (DIAN) conceptuó que las mercancías importadas temporalmente en arrendamiento, que son exportadas temporalmente hacia un usuario industrial de zona franca para su mantenimiento o reparación, continúan estando sometidas a las disposiciones que regulan la importación temporal de largo plazo. Para la DIAN, la autoridad aduanera podrá autorizar la exportación temporal desde el resto del territorio aduanero nacional hacia un usuario industrial de zona franca, de mercancías que se encuentren sometidas a importación temporal bajo contrato de arrendamiento financiero "leasing", para ser objeto de pruebas técnicas, procesos de subensamble, mantenimiento, reparación o sustitución en la zona franca, con una justificación documentada y no implica la finalización de la modalidad bajo la cual se encontraba en el territorio aduanero nacional. Si la norma permite la exportación temporal a un usuario industrial, sin que finalice la modalidad bajo la cual se encontraba amparada, el importador temporal no se puede sustraer de la aplicación de las normas que gobiernan esta modalidad. Descargar Norma Completa

 

- Concepto 605 del 23 de mayo de 2023.

La Dirección de Impuestos y Aduanas (DIAN) recordó que la comercialización de cualquier animal vivo está excluida del IVA, salvo se trate un animal doméstico de compañía, en cuyo caso estará gravada con este impuesto, de conformidad con el artículo 420 del Estatuto Tributario; la Ley 2277 del 2022 de conformidad con la reglamentación vigente expedida por el Ministerio de Salud y el Instituto Colombiano Agropecuario, señaló como animales domésticos de compañía los gatos, perros, hurones, conejos, chinchillas, hámster, cobayos, jerbos y mini pigs. Descargar Norma Completa

 

- Concepto 607 del 24 de mayo de 2023.

La Dirección de Impuestos y Aduanas (DIAN) adicionó el Concepto General 3744 del 2023 sobre Impuestos Saludables para absolver diferentes interrogantes que se han formulado en torno a la interpretación y aplicación del impuesto a las bebidas ultraprocesadas azucaradas (IBUA) y el impuesto a los productos comestibles ultraprocesados industrialmente y/o con alto contenido de azúcares añadidos, sodio o grasas saturadas (ICUI), no sin antes anotar que los mismos regirán a partir del 1º de noviembre del 2023. En esta oportunidad la DIAN respondió entre otras preguntas, temas relacionados con el carácter monofásico de estos impuestos, la causación y la base gravable del ICUI cuando los alimentos se producen en zona franca y son importados al territorio aduanero nacional. Descargar Norma Completa

 

- Concepto 613 del 25 de mayo de 2023.

La Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN) aclaró el concepto 908756-Interno 1496 del 2022 relativo a las normas aplicables al cobro de sanciones aduaneras. Según lo explicado por la DIAN, durante la vigencia del Decreto 2685 de 1999 y el Decreto 1 de 1984, para el cobro de las sanciones aduaneras se debía tener en cuenta lo establecido en los artículos 62 y 64 de este último. En el concepto revisado se especificaron los diferentes tratamientos teniendo en cuenta la vigencia de los decretos 2685 de 1999 y 390 del 2016. En lo que se refiere a este último y tratándose de la remisión al artículo 627 del Estatuto Tributario para el cobro de tributos aduaneros y de sanciones aduaneras se precisó que esta norma aplicó hasta la expedición y entrada en vigencia del Decreto 349 del 2018 y hasta la entrada en vigencia del Decreto 1165 del 2019, que con la inclusión en el artículo 610-1 sobre la firmeza de los actos administrativos en materia aduanera, dejó claro que su cobro debía adelantarse inmediatamente quedaran en firme. Por su parte, el Decreto 2685 de 1999, en el artículo 542, realizó una remisión al estatuto tributario solo respecto del cobro de los tributos aduaneros, más no en lo referente a sanciones. Finalmente, con relación a las las excepciones al mandamiento de pago de que trata el artículo 831 del estatuto tributario en las distintas vigencias de los Decretos analizados en materia aduanera, en unos casos se debía dar aplicación al artículo 101 de la Ley 1437 del 2011. Descargar Norma Completa

 

- Concepto 620 del 29 de mayo de 2023.

La Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN) adicionó el concepto general 1328-Interno 165 del 2023 para absolver interrogantes en torno a la interpretación y aplicación de algunas disposiciones de la Ley 2277 del 2022 en lo relacionado con los tributos administrados por la DIAN. Concretamente en materia aduanera, señaló que, al corresponder a una obligación aduanera, el pago total de los mayores tributos o la suscripción de facilidad o acuerdo de pago, con ocasión de la corrección de una declaración de importación, hasta el 30 de junio de la presente anualidad permitirá dar aplicación a la tasa de interés moratoria transitoria de que trata el artículo 91 de la Ley 2277 del 2022 pero no es aplicable la reducción transitoria de sanciones y de tasa de interés, contemplada en el artículo 93 de la Ley 2277 del 2022, sobre los mayores valores por concepto de tributos aduaneros y sanción liquidada como consecuencia de la corrección de una declaración de importación ya que el artículo 93 ibídem limita la reducción a las declaraciones tributarias. Descargar Norma Completa

 

- Concepto 625 del 2 de junio de 2023.

La Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN) absuelve interrogantes en torno a la interpretación y aplicación de la causal de aprehensión contemplada en el numeral 8 del artículo 647 del Decreto 1165 de 2019, indicando entre otras que No es procedente la legalización de la mercancía cuando ésta se encuentra incursa en esta causal de aprehensión, debido a que las circunstancias establecidas en el numeral 9 del artículo 597 ibidem se supeditan a la fecha de realización de la operación de comercio exterior. Descargar Norma Completa

 

- Oficio 0739 del 31 de mayo de 2023.

La Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN) reconsidera el sub-numeral 1.1.17.3.5 del Concepto Unificado No. 106 del 19 de agosto de 2022 – Obligación de facturar y sistema de factura electrónica. Las agencias de aduanas cuando actúan en calidad de mandatarias del importador o exportador que las contrata, en el marco del mandato aduanero, deberán cumplir -entre otras- con las siguientes obligaciones formales: i) Expedir factura electrónica de venta al importador o exportador (mandante) por la prestación de servicios de agenciamiento aduanero y actividades conexas, en la cual se deberá discriminar el valor por concepto de comisión u honorarios, de conformidad con los artículos 615 y 616-1 del Estatuto Tributario. ii) Expedir la certificación firmada por contador público o revisor fiscal, según el caso, en la que se dé cuenta de los costos y deducciones, entre otros conceptos, a que tenga derecho el importador o exportador (mandante). Lo anterior, en la medida que la agencia de aduanas (mandatario) realizó adquisiciones en cumplimiento del mandato aduanero, en cuyo caso la factura electrónica de venta o documento equivalente que soporta tales adquisiciones, se debe expedir a nombre del mandatario, tal y como lo establece el artículo 1.6.1.4.9 del Decreto 1625 de 2016. Descargar Norma Completa

 

- Cuadro de Clasificación Arancelaria del 30 de mayo de 2023.

La Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN) publicó en el Diario Oficial 52.411 del 30 de mayo del 2023, un cuadro con las resoluciones de clasificación arancelaria proferidas por la coordinación de clasificación arancelaria de la subdirección técnica aduanera, que se encuentran en firme. En el cuadro se puede consultar el número de resolución, la fecha, la razón social de la empresa solicitante, el Nit, el nombre del producto a clasificar, su descripción y la subpartida en la cual considera la DIAN que debe clasificarse el producto. Descargar Norma Completa

 

 

 Nota: Las normas y noticias relacionadas aquí son un valor agregado a nuestros servicios, que pretende brindar orientación e información a nuestros clientes, pero no es un medio oficial de divulgación de normas legales. ABC REPECEV. S.A.S. recomienda que, si se desea utilizar como sustento de una actuación judicial o administrativa alguna de estas normas, es importante que consulte primero las publicaciones en su fuente oficial para verificar la vigencia y exactitud.

 

 

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