Avance Normativo

Avance Normativo 12 de Octubre 2021

Avance Normativo 12 de Octubre 2021


 

DIAN

- Concepto 1116 del 22 de julio de 2021. Cuando en el control simultáneo, en el evento en que respecto de la factura se configuren algunas de las situaciones previstas en el numeral 5 del artículo 185 del Decreto 1165 del 2019 y se venzan los términos allí previstos, se deberá evaluar en cada caso la procedencia de la presentación de una declaración de corrección en aplicación del numeral 2 del artículo 215 de la Resolución 46 del 2019, con el pago de las sanciones a que haya lugar; en el control posterior, el importador podrá presentar una declaración de corrección voluntaria por una sola vez, para subsanar errores referentes a información contenida en la factura, pagando tributos aduaneros y sanciones. De otra parte, en caso que la factura comercial no corresponda con la operación comercial, por no ser la originalmente expedida o se encuentre adulterada, se podrá presentar declaración de legalización de manera voluntaria liquidando y pagando además de los tributos aduaneros, el 20% del valor en aduana de la mercancía por concepto de rescate, previo el cumplimiento de los requisitos asociados a las restricciones legales o administrativas cuando corresponda y sin perjuicio del cumplimiento en la presentación de la factura real que acredite la operación comercial objeto de importación. Con todo, procede la aplicación de la sanción prevista en el numeral 2.1. del artículo 615 del Decreto 1165 por no tener al momento de la presentación y aceptación de la declaración de importación los documentos soporte o que no reúnan los requisitos legales o que no se encuentren vigentes. Ver Norma Completa

- Proyecto de Resolución del 1 de octubre de 2021. La DIAN autorizará hasta el 31 de diciembre del 2021, el apoyo de los miembros de la Policía Fiscal y Aduanera (Polfa) a los empleados públicos de la DIAN en el desarrollo de actividades de control aduanero en las operaciones relacionadas con viajeros, carga y recepción de carga bajo la modalidad de tráfico postal y envíos urgentes, en zona primaria aduanera en los Aeropuertos Internacionales El Dorado de la ciudad de Bogotá, D. C., Alfonso Bonilla Aragón del municipio de Palmira (Valle del Cauca) y José María Córdova del municipio de Rionegro (Antioquia), en el desarrollo de actividades de control aduanero en las operaciones relacionadas con viajeros, en zona primaria aduanera en los Aeropuertos Internacionales Ernesto Cortissoz de la ciudad de Barranquilla (Atlántico) y Rafael Núñez en la ciudad de Cartagena (Bolívar) y en el desarrollo de actividades de control aduanero en las operaciones relacionadas con carga y viajeros, en zona primaria aduanera en el Aeropuerto Internacional Matecaña de la ciudad de Pereira (Risaralda) y el Puente Internacional de Rumichaca en el municipio de Ipiales (Nariño). En todos los casos, el apoyo de la Polfa será ejercido de manera permanente durante el periodo autorizado y podrá disponer de mecanismos y medios de detección acordes a los Derechos Humanos y contar con el apoyo adicional de guías caninos para el control de las operaciones de viajeros y carga, así como el debido control de divisas, sustancias precursoras y estupefacientes. La DIAN recibirá comentarios hasta el 11 de octubre del 2021. Ver Norma Completa

- Circular Externa 000008 del 1 de octubre de 2021. Con la finalidad de dar a conocer las actualizaciones de los buzones de entrada de las Comunicaciones Oficiales de la Entidad, de acuerdo con el cambio de estructura de la U.A.E Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales mediante el Decreto 1742 del 22 de diciembre del 2020 y la Resolución 000065 del 9 de agosto de 2021, por la cual se adopta la codificación de la Unidad Administrativa Especial Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales se dispone la actualización de buzones corporativos para RADICACIÓN DE COMUNICACIONES OFICIALES DE ENTRADA (USUARIOS EXTERNOS) Ver Norma Completa

- Resolución 108 del 6 de octubre de 2021. Modificó el artículo 651-1 de la Resolución 46 del 2019, relativo a la emisión del concepto favorable o desfavorable para la administración del contingente para las exportaciones de desperdicios y desechos de chatarra de fundición de hierro o acero y lingotes de chatarra de hierro o acero, para designar la función de emitir concepto favorable o desfavorable al Comité para Evaluación del Comportamiento Tributario, Aduanero y Cambiario, de que trata los artículos 644 y siguientes de la Resolución 46 del 2019. Se entenderá desfavorable el concepto de la DIAN, cuando el solicitante del contingente no presente el certificado de situación tributaria al Ministerio de Comercio, Industria y Turismo (MinCIT) dentro de los tres días siguientes a la comunicación por parte del Ministerio en el que conste que se encuentra a paz y salvo. Ver Norma Completa

MINCIT

- Proyecto de Decreto del 1 de octubre de 2021. Reduciría el arancel del 10% al 5%, para la importación de los productos correspondientes a las subpartidas arancelarias 7213.10.00.00 (alambrón de hierro o de acero sin alear, con muescas, cordones, surcos o relieves producidos en el laminado) y 7214.20.00.00 (barras de hierro o de acero sin alear, simplemente forjadas, laminadas o extrudidas, en caliente, con muescas, cordones, surcos o relieves, producidos en el laminado o sometidas a torsión después del laminado), por el término de seis (6) meses con prórroga de seis (6) más, previa revisión del Comité de Asuntos Aduaneros, Arancelarios y de Comercio Exterior, y en todo caso no superior a un año. El Ministerio recibirá comentarios hasta el 17 de octubre del 2021. Ver Norma Completa

- Proyecto de Decreto del 6 de octubre de 2021. El MinCIT desarrollará e implementará un Sistema Integrado de Gestión del Riesgo (SIGR) en la VUCE, el cual permitirá fortalecer y retroalimentar la gestión del riesgo entre el Instituto Nacional Agropecuario (ICA), el Instituto Nacional de Vigilancia de Medicamentos y Alimentos (Invima), la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN) y la Policía Nacional - Dirección Antinarcóticos, quienes intervienen en las operaciones de inspección a la carga de comercio exterior, en los regímenes de importación, exportación y tránsito, a través de la interoperabilidad de sus sistemas, con el fin de mitigar los riesgos de tipo aduanero o sanitario, y los asociados a la piratería, la falsedad marcaria y lavado de activos, así como al tráfico ilícito de estupefacientes, que afecten, entre otros aspectos, la salud y la seguridad nacional. El Ministerio recibirá comentarios hasta el 21 de octubre del 2021. Ver Norma Completa

- Proyecto de Decreto del 9 de octubre de 2021. Modificaría el Decreto 419 del 2021 mediante el cual se prohibió la fabricación, importación y exportación de los productos con mercurio clasificados en las subpartidas arancelarias que corresponden al listado establecido en el Convenio de Minamata sobre el Mercurio, para ajustar las notas marginales de las subpartidas allí contempladas y simplificar el proceso a través del cual los importadores certifican la conformidad con la regulación vigente. El importador y/o exportador de los productos, deberán presentar ante la autoridad aduanera, la declaración emitida por parte del Representante legal o apoderado del importador o exportador, donde se indique que los productos objeto de importación o exportación están libres de mercurio o que los productos cumplen con las condiciones de las notas marginales. El Ministerio recibirá comentarios hasta el 24 de octubre del 2021. Ver Norma Completa

 

 

Nota: Las normas y noticias relacionadas aquí son un valor agregado a nuestros servicios, que pretende brindar orientación e información a nuestros clientes, pero no es un medio oficial de divulgación de normas legales. ABC REPECEV. S.A.S. recomienda que, si se desea utilizar como sustento de una actuación judicial o administrativa alguna de estas normas, es importante que consulte primero las publicaciones en su fuente oficial para verificar la vigencia y exactitud.

 

 

Entradas Relacionadas

Reciba notificaciones sobre nuevas Actualizaciones en normatividad Aduanera

escríbenos por Whatsapp