Avance Normativo

EL ABC DEL COMERCIO EXTERIOR

Edición 2023-43 del 09 de Noviembre de 2023


DIAN

- Concepto 1050 del 2 de octubre de 2023.

La Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN) emitió un concepto según el cual un depósito habilitado es responsable del pago de los tributos aduaneros por la sustracción o pérdida de mercancías extranjeras bajo su custodia a partir de la ocurrencia de esta sustracción o pérdida y adicionalmente deberá pagar intereses moratorios y la sanción correspondiente en los términos del Decreto-Ley 920 del 2023. En efecto, los artículos 110 y 112 del Decreto 1165 del 2019 disponen expresamente que los depósitos habilitados están obligados a recibir, custodiar y almacenar únicamente aquellas mercancías que pueden permanecer en sus recintos sometidas al régimen de importación, exportación o a la modalidad de transbordo y que serán responsables ante la DIAN por el pago de los tributos aduaneros de las mercancías sustraídas o perdidas en sus recintos. Descargar Norma Completa

 

- Concepto 1051 del 3 de octubre de 2023.

La Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN) conceptuó que una preferencia arancelaria, establecida por acuerdo comercial para un producto sujeto a reserva de cupo o contingente, se mantiene aun cuando la primera declaración que se presenta es una de legalización para subsanar las inconsistencias detectadas en la inspección previa de que trata el artículo 52 del Decreto 1165 del 2019. Lo anterior, bajo el entendido de que la mercancía diferente corresponde a un producto sobre el que existe una preferencia arancelaria, y se cumplen los términos y condiciones del acuerdo comercial para el cupo o contingente. La DIAN concluyó que, si el producto con preferencia arancelaria presenta excesos, sobrantes o mayor peso frente a lo informado en la factura comercial y demás documentos soporte de la operación comercial, igualmente procede la reserva de una porción o cantidad de cupo sí, habiéndose presentado la respectiva declaración de legalización, se obtiene el levante dentro del término de vigencia del contingente y este no se ha agotado. Descargar Norma Completa

 

- Concepto 1071 del 12 de octubre de 2023.

La Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN) precisó que, en ejercicio de sus competencias, la Dirección de Gestión de Policía Fiscal y Aduanera y la subdirección operativa policial pueden aplicar las medidas cautelares de retención temporal para verificación de mercancías, aprehensión de las mercancías y las que el Director General de la DIAN les autorice de conformidad con el numeral 3º del artículo 60 y los numerales 7º y 9º del artículo 61 del Decreto 1742 del 2020 por el cual se modificó la estructura de la DIAN y no las establecidas en el artículo 7º del nuevo Decreto Ley 920 del 2023 que son competencia exclusiva de la DIAN. Descargar Norma Completa

 

- Concepto 1106 del 20 de octubre de 2023.

La Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN) indicó que, se configura la causal de aprehensión de que trata el numeral 7º del artículo 69 del Decreto-Ley 920 del 2023 sobre una mercancía para la cual el declarante solicita exención de gravamen arancelario sin contar con la licencia previa. Para la DIAN, en la importación no solo basta con la presentación de la declaración; dependiendo de la mercancía, se deben atender ciertas restricciones legales o administrativas que deben ser acreditadas con su presentación y aceptación como documentos soporte. Una de tales restricciones es la prevista en el artículo 14 del Decreto 925 del 2013, que somete al régimen de licencia previa la importación de bienes cuando se solicite exención de gravamen arancelario, licencia que constituye documento soporte de la declaración de importación, acorde con el artículo 177 del Decreto 1165 del 2019. Descargar Norma Completa

 

- Oficio 6174 (1110) del 26 de octubre de 2023.

La Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN) indicó que, si se pueden emplear otros mecanismos de pesaje, distintos a la báscula, para presentar y justificar el informe de descargue e inconsistencias de que tratan los artículos 151 del Decreto 1165 de 2019 y 194 de la Resolución 46 de 2019. Esto, siempre y cuando se pueda acreditar que tales mecanismos suministran, en forma precisa y específica, datos sobre el volumen y peso de la carga descargada por cada documento de transporte o documento consolidador de carga y fueron considerados para la habilitación del respectivo muelle o puerto en los términos del artículo 131 de la Resolución 46 de 2019. Descargar Norma Completa

 

MINCIT

 

- Proyecto de Decreto del 1 de noviembre de 2023.

El Ministerio de Comercio, Industria y Turismo (MinCIT) dio a conocer un proyecto de decreto mediante el cual modificaría el Decreto 3303 del 2006 que dictó disposiciones relacionadas con el Comité de Asuntos Aduaneros, Arancelarios y de Comercio Exterior, y estableció, entre otras cosas, las funciones e integración del Comité. Con esta modificación serían retirados del comité la Superintendencia de Industria y Comercio y el Viceministro de Minas o Energía. A juicio del MinCIT, las competencias de la Superintendencia de Industria y Comercio están relacionadas con la protección de la competencia, los datos personales y la metrología legal, y se dirigen a promover los derechos de los consumidores, el buen funcionamiento de los mercados y el fortalecimiento del sistema de propiedad industrial, competencias que no se ajustan a las funciones asignadas al comité y dado que la comercialización internacional de los recursos minero-energéticos no está sometida al régimen aduanero y arancelario, la presencia del Viceministerio de Minas o de Energía no resulta pertinente en las sesiones del Comité de Asuntos Aduaneros, Arancelarios y de Comercio Exterior. El MinCIT recibirá comentarios hasta el 16 de noviembre del 2023. Descargar Norma Completa

 

- Proyecto de Decreto del 31 de octubre de 2023.

El Ministerio de Comercio, Industria y Turismo (MinCIT) modificaría el artículo 2.2.3.7.13.9 del Decreto 1074 del 2015 incorporado por el Decreto 1794 del 2020, en lo relativo a las competencias y los miembros del Comité de Prácticas Comerciales, de la Dirección de Comercio Exterior y de la Subdirección de Prácticas Comerciales del Ministerio de Comercio, Industria y Turismo. Como los asuntos sometidos a consideración de este Comité hacen referencia a prácticas desleales de comercio internacional y no a asuntos de competencia del mercado interno, el cual es el ámbito de competencia de la Superintendencia de Industria y Comercio, resulta necesario reconfigurar la composición del Comité y ajustar la denominación de los cargos de acuerdo a la composición actual de las entidades que lo conforman. El Comité quedará conformado por el Viceministro de Comercio Exterior, el Viceministro del ministerio más estrechamente ligado con la producción nacional afectada, el Director de Gestión de Aduanas de la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales, el Subdirector General de Prospectiva y Desarrollo Nacional del Departamento Nacional de Planeación, 2 Asesores del Consejo Superior de Comercio Exterior y el Director de Comercio Exterior del Ministerio de Comercio, Industria y Turismo, quien participará con voz, pero sin voto. El MinCIT recibirá comentarios hasta el 15 de noviembre del 2023. Descargar Norma Completa

 

MINMINAS

 

- Proyecto de Decreto del 1 de noviembre de 2023.

El Ministerio de Minas y Energía dio a conocer un proyecto de decreto mediante el cual modifica el Reglamento Técnico de Instalaciones eléctricas - RETIE. En el mes de mayo de 2022 la entidad inició recopilación de los 3700 comentarios recibidos en la consulta publica y luego de ser analizados y ajustados al documento, puso el proyecto a consideración del Comisión Asesora de Reglamentos Técnicos – CART quien lo aprobó unánimemente de manera positiva el 31 de marzo de 2023, de igual forma se colocó a consideración del MINCIT quien dio concepto favorable el 19 de septiembre de 2023, razón por la cual se realiza la solicitud oficial de notificación a la Organización Mundial de Comercio – OMC, etapa en donde se encuentra actualmente el proyecto a espera de comentarios. Descargar Norma Completa

 

ICA

 

- Proyecto de Resolución del 3 de noviembre de 2023.

El Instituto Colombiano Agropecuario (ICA) publicó un proyecto de resolución mediante la cual establecería los requisitos para la movilización de material vegetal dentro del territorio nacional con el fin de implementar medidas fitosanitarias adicionales en el interior del país para prevenir la diseminación de plagas a través de material vegetal contaminado. Dentro de las medidas que se adoptarían, en el caso de fruta fresca para importación o exportación incluidas en el Anexo de la resolución y que sean movilizadas desde un lugar de producción hacia una planta empacadora, se deberá presentar la constancia fitosanitaria ante al profesional del ICA que realiza el proceso de inspección; esta constancia consiste en un documento no oficial emitido por el asistente técnico, en donde se acredita el producto vegetal movilizado dentro del territorio nacional, su cantidad, origen, destino y la ausencia de una o varias plagas. El ICA recibirá comentarios hasta el 5 de diciembre del 2023. Descargar Norma Completa

 

CORTE SUPREMA DE JUSTICIA

 

- Sentencia SP-3492023 (56154) del 23 de agosto de 2023.

La Sala Penal de la Corte Suprema de Justicia con ponencia del Magistrado Diego Eugenio Corredor Beltrán precisó que el delito de favorecimiento y facilitación del contrabando es un tipo penal con sujeto activo indeterminado, de conducta alternativa (poseer, tener, transportar, embarcar, desembarcar, almacenar, ocultar, distribuir y enajenar) y cuyo objeto material es real, porque se concreta sobre mercancías. A juicio de la Corte, se trata de un tipo penal en blanco, que remite a disposiciones normativas extrapenales no contenidas en la descripción del tipo, al exigir que el verbo rector se cometa sobre mercancías que hayan sido introducidas al país ilegalmente, o que se hayan ocultado, disimulado o sustraído de la intervención y control aduanero o que se hayan ingresado a zona primaria sin el cumplimiento de las formalidades exigidas en la regulación aduanera. La Corte recordó que en el inciso segundo del artículo 320 del Código Penal se incluye una circunstancia específica de agravación de la conducta, que se relaciona con el valor de la mercancía y en el tercero, un elemento eximente de responsabilidad para el consumidor final que adquiera mercancía en un monto superior a 50 SMLMV, siempre y cuando la operación esté soportada en una factura o documento equivalente con el lleno de los requisitos legales. Este delito vulnera el bien jurídico del orden económico y social porque despoja al Estado de parte de los recursos necesarios para materializar los derechos individuales y sociales como fin del mismo. La Corte concluyó que se sanciona la participación en el circuito o cadena del tráfico ilegal de mercancías, consistente en el aporte a la puesta en el mercado o en el comercio de mercancías que no han cumplido con los requisitos administrativos en materia aduanera, es decir, se sanciona a quien posee, tiene, transporta, embarca, desembarca, almacena, oculta, distribuye o enajena mercancías que han sido objeto de contrabando. Sin embargo, para la configuración del delito, no basta con que la fiscalía demuestre la existencia objetiva de alguno de los verbos rectores definidos en la norma, pues, en todo caso, se deberá acreditar que el sujeto activo tiene conocimiento de la ilegalidad de las mercancías y que está participando en un circuito o cadena del tráfico ilegal de mercancías, consistente en el aporte a la puesta en el mercado o en el comercio de mercancías que no han cumplido con los requisitos administrativos en materia aduanera, no se trata de una forma de responsabilidad objetiva prohibida constitucionalmente. Descargar Norma Completa

 

ABC REPECEV

 

- Comunicado Fiestas de Cartagena del 9 de noviembre de 2023.

La Agencia de Aduanas ABC Repecev S.A.S., da a conocer con ocasión de las fiestas de independencia en la Ciudad de Cartagena, los horarios de atención durante los días 10 y 11 de noviembre de 2023 de las principales entidades públicas y privadas que participan en las actividades aduaneras, logísticas y de comercio exterior; con el fin que todos los usuarios puedan tomar las medidas que consideren necesarias que les permitan tener el menor impacto en sus operaciones. Descargar Norma Completa

 

  

 

 

 

 

Nota: Las normas y noticias relacionadas aquí son un valor agregado a nuestros servicios, que pretende brindar orientación e información a nuestros clientes, pero no es un medio oficial de divulgación de normas legales. ABC REPECEV. S.A.S. recomienda que, si se desea utilizar como sustento de una actuación judicial o administrativa alguna de estas normas, es importante que consulte primero las publicaciones en su fuente oficial para verificar la vigencia y exactitud.

 

 

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