Avance Normativo

EL ABC DEL COMERCIO EXTERIOR

Edición 2025-18 del 22 de mayo de 2025


DIAN

 

- Concepto 462 del 1 de abril de 2025.

La Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN) precisó que, La Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN) indicó que los embarques fraccionados de hidrocarburos o carbón de las partidas arancelarias 27.01 y 27.09, que se realicen al amparo de una autorización global presentada y aceptada con anterioridad a la entrada en vigor del Decreto Legislativo 175 del 2025, se encuentran gravados con el Impuesto Especial para el Catatumbo. En este caso el impuesto se causa con la presentación y aceptación de la solicitud de autorización de embarque que ampara cada uno de los embarques fraccionados asociados a la autorización global. Descargar Norma Completa.

 

- Concepto 491 del 4 de abril de 2025.

La Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN) señaló que, la venta que realice un productor nacional de simuladores de polígono virtual a la Policía Nacional se encuentra exenta del impuesto sobre las ventas (IVA), en virtud de los literales a), m) y o) del numeral 3 del artículo 477 del Estatuto Tributario, el cual establece que los elementos necesarios para la instrucción, operación y manejo de tiro, así como las herramientas y equipos para pruebas y otros elementos aplicables al servicio del material de guerra o reservado, son exentos de IVA. Descargar Norma Completa.

 

- Concepto 547 del 14 de abril de 2025.

La Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN) precisó que, el patrimonio líquido mínimo para las agencias de aduanas deberá tenerse en cuenta el artículo 267 del Estatuto Tributario contiene la regla general para la valoración patrimonial de los activos, tal que su valor estará constituido por su costo fiscal, de manera que, en el caso de los inmuebles, se deberá atender a las disposiciones del artículo 277 ibidem. Descargar Norma Completa.

 

MCIT

 

- Resolución 112 del 12 de mayo de 2025.

El Ministerio de Comercio, Industria y Turismo (MinCIT) impuso derechos antidumping definitivos, por un periodo de cinco (5) años, a las importaciones de papel fotocopia, clasificados bajo la subpartida arancelaria 4802.56.90.00, originarias de Brasil. Los derechos antidumping consistirán en un gravamen ad valorem adicional al arancel vigente y se deberán liquidar sobre el valor FOB declarado por el importador. El gravamen quedará establecido de la siguiente manera: para Suzano S.A.: 22,62%; para Sylvamo Do Brasil Ltda. y Sylvamo Export Ltda.: 21,78% y, para los demás exportadores: 30,30. Descargar Norma Completa.

 

- Resolución,114 del 16 de mayo de 2025.

El Ministerio de Comercio, Industria y Turismo (MinCIT) decidió no imponer derechos antidumping definitivos a las importaciones de vidrio flotado incoloro en placas o en hojas, clasificados por las subpartidas 7005.29.10.00 y 7005.29.90.00, originarias de la República Popular China; tras el análisis correspondiente, el Comité de Prácticas Comerciales del MinCIT concluyó que no se cuenta con elementos suficientes para sustentar la imposición de la medida de defensa comercial pretendida porque se evidenció la inexistencia del nexo de causalidad entre las importaciones objeto de análisis y el eventual daño a la rama de producción nacional. Descargar Norma Completa.

 

- Resolución 115 del 16 de mayo de 2025.

El Ministerio de Comercio, Industria y Turismo (MinCIT) no revocó la Resolución 007 del 2025 mediante la cual impuso derechos antidumping definitivos a las importaciones de lámina lisa galvanizada y galvalume, clasificadas en las subpartidas arancelarias 7210.49.00.00, 7210.61.00.00, 7210.69.00.00, 7225.92.00.90 y 7225.99.00.90, originarias de China e impuso derechos antidumping a las importaciones de teja galvanizada y galvalume, clasificadas en las subpartidas arancelarias 7210.41.00.00 y 7210.61.00.00, originarias de China. El MinCIT concluyó que, en el curso de la investigación se demostró que la lámina objetada nacional y la importada tienen los mismos usos, este término se sustentó mediante un conjunto de medios de prueba que no fueron controvertidos en la solicitud analizada y que, por lo tanto, pueden utilizarse para plantear conclusiones fácticas en esta oportunidad. Descargar Norma Completa.

 

- Resolución 121 del 20 de mayo de 2025.

El Ministerio de Comercio, Industria y Turismo (MinCIT) impuso derechos antidumping provisionales a las importaciones de tubería soldada, de sección circular, de hierro o acero, de los tipos utilizados en la protección de cables eléctricos, de un diámetro nominal mayor o igual a 12.7 mm (1/2”) y menor o igual a 152.4 mm (6”) – Tubería Conduit, clasificada en la subpartida arancelaria 7306.30.99.00, originarias de la República Popular de China. Descargar Norma Completa.

 

MINJUSTICIA

 

- CIRCULAR MJD-CIR25-0000030-GCSQ-30320 del 19 de mayo de 2025.

El Ministerio de Justicia y del Derecho (MinJusticia) en atención a las necesidades presentadas por los diferentes gremios industriales, empresariales y comerciales en los trámites y procesos de Comercio Exterior, con el fin de permitir el manejo de productos y sustancias químicas controladas por el Consejo Nacional de Estupefacientes, aclara que baterías y equipos que las contienen no requieren visto bueno, ni concepto técnico para importación y deja sin efecto las circulares MJD-CIR230000047-SCF-30320 y MJD-CIR25-0000003SCF-30320. Descargar Norma Completa.

 

ANLA

 

- Resolución 921 del 14 de mayo de 2025.

La Autoridad Nacional de Licencias Ambientales (ANLA) fijó las tarifas para el cobro de los servicios de evaluación y seguimiento de licencias ambientales, permisos, autorizaciones y demás instrumentos de control y manejo ambiental de competencia de la entidad. Para actividades de importación, el valor del proyecto está compuesto por el valor de los bienes importados a precio de costo, en puerto o aeropuerto colombiano, según el caso, más los costos requeridos para el desembarque, almacenamiento, bodegaje y manejo, así como el transporte hasta el sitio de almacenamiento o distribución en el país, incluyendo los costos del plan de manejo ambiental. El valor del proyecto, obra o actividad no incluirá el valor de las materias primas cuya producción o importación goce de licencia ambiental debidamente expedida por la autoridad ambiental competente. Descargar Norma Completa.

 

 

 

Nota: Las normas y noticias relacionadas aquí son un valor agregado a nuestros servicios, que pretende brindar orientación e información a nuestros clientes, pero no es un medio oficial de divulgación de normas legales. ABC REPECEV. S.A.S. recomienda que, si se desea utilizar como sustento de una actuación judicial o administrativa alguna de estas normas, es importante que consulte primero las publicaciones en su fuente oficial para verificar la vigencia y exactitud.

 

 

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